Fallos provisionales del Depto. 6

Gracias por visitar la página web Fallos provisionales de la corte superior para el Departamento 6, presidido por la jueza Evette D. Pennypacker. El Departamento 6 está ubicado en la Corte Superior del Centro (DTS, por sus siglas en inglés), 191 North First Street en San Jose.

Los asuntos de derecho y moción se atienden todos los martes y jueves a las 9:00 a. m. Los fallos provisionales emitidos por el Departamento 6 estarán disponibles en esta página después de las 2:00 p. m. el día judicial (día hábil de la corte) anterior al de la audiencia programada.

Para acceder a los fallos provisionales en línea, haga clic en el enlace correspondiente a continuación. (Nota: Los fallos permanecerán disponibles hasta que sean reemplazados por los fallos de la siguiente semana).

(en inglés) Si no tiene acceso a Internetdurante el periodo en que se publican los fallos y desea obtener su fallo provisional, llame al (408) 882-2515 para obtener ayuda.

Si usted es la parte predominante, para preparar una orden formal simplemente copie el texto del fallo provisional publicado y péguelo en una plantilla de alegato. Conforme a las reglas de la corte, remita la orden propuesta al asesor legal para que la revise antes de enviarla a la corte para su ejecución y archivo.

Los fallos provisionales se convertirán en órdenes de la corte a menos que sean disputados. Vea las reglas 3.1308(a)(1) (en inglés) y 3.1312 (en inglés) de las Reglas de las cortes de California .

Disputa de un fallo

Para programar una comparecencia para disputar un fallo provisional, notifique a la corte al (408) 808-6856 antes de las 4:00 p. m.del día judicial anterior a la audiencia. Puede dar su notificación a la corte dejando un mensaje cuando se le solicite al final del saludo grabado. Los mensajes deberían ser breves, de no más de 30 segundos. Cuando deje su mensaje, indique únicamente:

  • El número de caso;
  • El nombre del caso;
  • Y el nombre del abogado, incluyendo número de teléfono y código de área.

También tiene que notificar al abogado de la otra parte. Nota: No es necesario que llame ni que deje un mensaje si no va a disputar el fallo.

Las partes que no llamen para disputar el fallo antes de las 4:00 p. m. del día judicial anterior a la audiencia o que comparezcan sin notificar a la corte y al abogado de la otra parte no serán atendidas. Si ninguna de las partes solicitó un alegato oral, no se requerirá su comparecencia y el fallo provisional se adoptará como fallo de la corte.