Infracciones por seguro
Infracciones por seguro
Todos los conductores en California tienen que tener pruebas de responsabilidad económica (comprobante de seguro). Tiene que mostrárselo a cualquier agente del orden público que se lo pida. ( Secciones 16028(a) y 16028(b) del Código de Vehículos (en inglés))
Si tenía seguro cuando recibió su multa, pero no tenía el comprobante en el momento en el que lo detuvieron, tiene que mostrar el comprobante a la corte o pedirle al Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés) que le dé el visto bueno a la citación.
La corte le pedirá que pague una cuota de desestimación y luego desestimará el cargo.
El secretario aceptará:
- Una copia de la póliza de seguro vigente en la fecha de la infracción.
- Una copia de una tarjeta de identificación emitida por la compañía de seguros, que muestre:
- Nombre de la compañía de seguros
- Número de póliza de seguro
- Fecha de inicio de la cobertura (tiene que ser válida en la fecha de la infracción)
- Fecha de fin de la cobertura
- Una carta de la compañía de seguros en la que diga que el acusado o el vehículo estaba asegurado en la fecha de la infracción (incluida una "nota de cobertura" como lo exige la sección 382 del Código de Seguros
- (en inglés)).Una copia de una fianza garantizada vigente en la fecha de la infracción, como lo exige la sección 16056 del Código de Vehículos (en inglés). Asegúrese de indicar el número de depósito emitido por el DMV.
- Un certificado de autoseguro emitido por el DMV ( sección 16052 del Código de Vehículos (VC, por sus siglas en inglés) (en inglés).
- Documentos que demuestren que el vehículo es propiedad o está arrendado por, o bajo la dirección de, una entidad pública según se define en la sección 811.2 del Código de Gobierno (GC, por sus siglas en inglés)
(en inglés).Estos documentos pueden estar a nombre del acusado o a nombre del propietario del vehículo.
Tiene que pagar las multas incluso si ya tiene seguro. Solo un juez puede ajustar el monto de la multa.
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